Según Jalbert, quedó “plenamente acreditado” que el acusado “Pedraza como secretario general de la UF ordenó y consecuentemente determinó a Juan Carlos Fernández, secretario administrativo, para que el 20 de octubre de 2010 se convocara a trabajadores de la línea Roca a la estación Avellaneda y echaran con todo lo necesario, incluso el uso de armas de fuego, a los empleados mercerizados”.[1]
Y continuó: “En función de lo ordenado por Pedraza, Fernández ordenó y destinó a Pablo Díaz, secretario de la comisión reclamos de la UF, para que cumpliera la orden, quedando a su cargo los detalles del plan. Esa orden se cumplió”.[2]
“En Luján y las vías (en el barrio porteño de Barracas), Díaz ordenó el avance de todos para que con la cobertura del grupo a su mando los imputados Favale y Sánchez y otro dispararan contra los manifestantes. Cumpliendo lo acordado con Díaz, concluyeron el plan disparando conjunta y simultáneamente”, agregó la fiscal.[3]
De acuerdo a la reconstrucción de Jalbert, “el imputado Favale desde el medio de la calzada y Sánchez, parapetado entre un árbol y un automóvil, y al menos un tercer individuo que no ha podido ser individualizado comenzaron a realizar disparos de armas de fuego hacia los manifestantes, un disparo alcanzó y se llevó la vida de Mariano Ferreyra”.[4]
La fiscal concluyó que, además, los imputados Pedraza y Fernández “mantuvieron contacto permanente con Díaz en el lugar de los hechos” y fueron informados “en todo momento de lo que estaba ocurriendo” mientras se encontraban en la sede de la Unión Ferroviaria.
En tanto, Jalbert consideró que los acusados Uño y Pérez habían recibido el arma supuestamente utilizada por Favale, en lo que consideró un hecho de “encubrimiento” y no de participación en el “homicidio agravado” de Ferreyra, por lo sostuvo que la fiscalía no tenía interés punitorio en ambos casos.
Ante esa situación, los defensores de los dos acusados reclamaron la inmediata liberación de ambos, a lo que el Tribunal accedió.
Finalmente, en la audiencia del viernes 1 de marzo, la fiscal Jalbert pidió que Pedraza y Fernández fueran condenados a prisión perpetua como “instigadores” del “homicidio agravado” del militante del PO y de las tentativas en perjuicio de los otros tres compañeros del joven asesinado.
Por el mismo delito, pero en calidad de “coautores”, la fiscalía reclamó la misma pena para Díaz, Sánchez y Favale; en tanto que solicitó 10 años de prisión para Alcorcel al considerarlo un “partícipe secundario”.
En el caso de los ferroviarios González y Pipito, Jalbert pidió 9 años de prisión al entender que actuaron como “partícipes primarios” del homicidio pero en grado simple, no agravado.
Respecto de los policías acusados, la fiscalía entendió que Lompizano, Mansilla, Echavarría, Ferreyra, Garay y Conti “no hicieron nada” a pesar de que conocían “la existencia y el tenor del conflicto entre los ferroviarios y los mercerizados” y que tuvieron la posibilidad de “tomar medidas que evitaran la exposición al peligro de la vida e integridad física de las personas indefensas”.[5]
El Ministerio Público Fiscal acusó a los efectivos del delito de “abandono de persona” y requirió una pena de 10 años para Lompizano y Mansilla; nueve para Ferreyra; ocho para Echavarría y siete para Conti y Garay; mientras que decidió no imputar a Villalba.
Y continuó: “En función de lo ordenado por Pedraza, Fernández ordenó y destinó a Pablo Díaz, secretario de la comisión reclamos de la UF, para que cumpliera la orden, quedando a su cargo los detalles del plan. Esa orden se cumplió”.[2]
“En Luján y las vías (en el barrio porteño de Barracas), Díaz ordenó el avance de todos para que con la cobertura del grupo a su mando los imputados Favale y Sánchez y otro dispararan contra los manifestantes. Cumpliendo lo acordado con Díaz, concluyeron el plan disparando conjunta y simultáneamente”, agregó la fiscal.[3]
De acuerdo a la reconstrucción de Jalbert, “el imputado Favale desde el medio de la calzada y Sánchez, parapetado entre un árbol y un automóvil, y al menos un tercer individuo que no ha podido ser individualizado comenzaron a realizar disparos de armas de fuego hacia los manifestantes, un disparo alcanzó y se llevó la vida de Mariano Ferreyra”.[4]
La fiscal concluyó que, además, los imputados Pedraza y Fernández “mantuvieron contacto permanente con Díaz en el lugar de los hechos” y fueron informados “en todo momento de lo que estaba ocurriendo” mientras se encontraban en la sede de la Unión Ferroviaria.
En tanto, Jalbert consideró que los acusados Uño y Pérez habían recibido el arma supuestamente utilizada por Favale, en lo que consideró un hecho de “encubrimiento” y no de participación en el “homicidio agravado” de Ferreyra, por lo sostuvo que la fiscalía no tenía interés punitorio en ambos casos.
Ante esa situación, los defensores de los dos acusados reclamaron la inmediata liberación de ambos, a lo que el Tribunal accedió.
Finalmente, en la audiencia del viernes 1 de marzo, la fiscal Jalbert pidió que Pedraza y Fernández fueran condenados a prisión perpetua como “instigadores” del “homicidio agravado” del militante del PO y de las tentativas en perjuicio de los otros tres compañeros del joven asesinado.
Por el mismo delito, pero en calidad de “coautores”, la fiscalía reclamó la misma pena para Díaz, Sánchez y Favale; en tanto que solicitó 10 años de prisión para Alcorcel al considerarlo un “partícipe secundario”.
En el caso de los ferroviarios González y Pipito, Jalbert pidió 9 años de prisión al entender que actuaron como “partícipes primarios” del homicidio pero en grado simple, no agravado.
Respecto de los policías acusados, la fiscalía entendió que Lompizano, Mansilla, Echavarría, Ferreyra, Garay y Conti “no hicieron nada” a pesar de que conocían “la existencia y el tenor del conflicto entre los ferroviarios y los mercerizados” y que tuvieron la posibilidad de “tomar medidas que evitaran la exposición al peligro de la vida e integridad física de las personas indefensas”.[5]
El Ministerio Público Fiscal acusó a los efectivos del delito de “abandono de persona” y requirió una pena de 10 años para Lompizano y Mansilla; nueve para Ferreyra; ocho para Echavarría y siete para Conti y Garay; mientras que decidió no imputar a Villalba.