El Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY) determinó en los últimos días a través de una investigación propia que el 29 de noviembre pasado, el criminal de guerra Slobodan Praljak se suicidó en medio de la audiencia en la que lo condenaban por delitos de lesa humanidad al ingerir cianuro de potasio, el cual puede transportarse en forma de polvo y diluirse en agua y en pequeñas dosis resulta letal.
A continuación, el comunicado de prensa del TPIY difundido el 31 de diciembre pasado:
"El 1 de diciembre de 2017, el TPIY lanzó una investigación independiente sobre el fallecimiento del Sr. Slobodan Praljak, dirigido por el juez Hassan B. Jallow, presidente del Tribunal Supremo de Gambia y ex fiscal del Tribunal Penal Internacional para Rwanda y el Mecanismo Internacional Tribunales penales.
"El examen concluyó el 29 de diciembre de 2017 y fue recibido por el Secretario. Complementando la investigación holandesa en curso que tiene como objetivo identificar cualquier actividad delictiva, la revisión administrativa del juez Jallow se centra en la adecuación del marco legal y político del TPIY y en la medida en que se siguieron los procedimientos pertinentes.
"El resultado de la revisión del juez Jallow es el siguiente:
'Mi Revisión no ha revelado lagunas o fallas en el marco legal del TPIY con respecto al trato de los detenidos en la UNDU (Unidad de Detención de las Naciones Unidas) y las instalaciones del TPIY, por lo que no propongo ningún cambio a las reglas y regulaciones del TPIY. Además, el examen muestra que el marco legal fue cumplido por oficiales de la UNDU, oficiales de seguridad y otro personal del TPIY con respecto al tratamiento del Sr. Praljak. Como se establece en mis conclusiones, sin inteligencia específica (que no había ninguna), y permaneciendo dentro de los límites de las Reglas de Nelson Mandela, no hay medidas que hayan garantizado la detección del veneno en cualquier etapa. A pesar de esto, la revisión ha señalado algunas medidas que podrían tomarse para aumentar la probabilidad de detección en casos futuros.'
"Sobre este aspecto, el juez Jallow emitió recomendaciones relacionadas con los regímenes de búsqueda, incluidas las celdas de visitantes y detenidos, así como cursos de capacitación para el personal de seguridad que se compartirán con otros tribunales pertinentes. Además, recomendó la introducción de un retraso de 30 minutos para transmitir el pronunciamiento de las sentencias. "Acogiendo con beneplácito las medidas adoptadas hasta la fecha, recomendó además que se continúe brindando asistencia médica y psicológica a los detenidos de la UNDU y al personal involucrado en los acontecimientos del 29 de noviembre, según sea necesario. Por último, el juez Jallow elogió al personal de seguridad y médico del TPIY por su ejecución de la respuesta de emergencia.
"Sobre el veneno en poder del Sr. Praljak, el juez Jallow indicó:
'La sustancia tomada por el Sr. Praljak fue analizada y descubierta como cianuro de potasio. No es posible adquirir cianuro de potasio legalmente dentro de la prisión o fabricarlo ilícitamente a partir de artículos disponibles dentro de la prisión. El cianuro de potasio puede transportarse en forma de polvo o disolverse en agua. La cantidad de cianuro de potasio necesaria para componer una dosis letal es de 200-300 mg (esto equivale en tamaño a una sola tableta).'
"Y en cuanto a cómo esta sustancia pudo haber entrado en posesión del Sr. Praljak, el juez Jallow continuó:
'No es posible establecer de manera concluyente cuándo y cómo el veneno entró en posesión del Sr. Praljak. La investigación criminal en curso ante las autoridades holandesas podría arrojar luz sobre esto. Es importante señalar desde el principio que no había información disponible para el personal de la UNDU o el personal del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia en general, lo que indica que el Sr. Praljak estaba en posesión del veneno. Si tal inteligencia hubiera estado disponible, se podrían haber tomado otras medidas intrusivas (con respecto a las búsquedas de células y del Sr. Praljak). Sin embargo, incluso si dicha inteligencia hubiera estado disponible, la naturaleza y cantidad de veneno era tal que fácilmente podría haber permanecido sin ser detectada incluso a través de las búsquedas más intrusas de personas, células y otras áreas. El pequeño tamaño del objeto, las limitaciones en las reglas sobre búsquedas intrusivas y la naturaleza del equipo de detección disponible tanto en la UNDU como en las instalaciones del TPIY contribuyeron a que sea difícil detectar el contrabando.'
"Al examinar las normas internacionales y específicas del TPIY sobre la gestión de detenidos, incluidos los registros, Jallow recordó en particular las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos, o las Reglas de Nelson Mandela, adoptadas por unanimidad por la Asamblea General de las Naciones Unidas. que establece los estándares inalienables en el tratamiento de los presos y, en palabras del Juez Jallow, “siempre debe ser la consideración primordial en la gestión de los lugares de detención.
"Entre sus principios básicos, las Reglas de Nelson Mandela establecen que 'todos los presos serán tratados con el respeto debido a su dignidad y valor inherentes como seres humanos'. Y con respecto a las búsquedas de personas y celdas, las Reglas 50-52 del Reglamento Nelson Mandela establecen, en la parte pertinente:
"Las búsquedas se realizarán respetando la dignidad humana inherente y la privacidad del individuo que se busca, así como los principios de proporcionalidad, legalidad y necesidad.
"Las búsquedas no se utilizarán para hostigar, intimidar o inmiscuirse innecesariamente en la privacidad de un prisionero.
"Las búsquedas intrusas, incluidas las búsquedas de caderas y de la cavidad corporal, deben realizarse solo si es absolutamente necesario. Se alentará a las administraciones penitenciarias a desarrollar y utilizar alternativas apropiadas a las búsquedas intrusivas.
"En esta revisión, el juez Jallow contó con la asistencia de expertos independientes con amplia experiencia nacional e internacional en asuntos de detención y políticas y procedimientos de seguridad.
"El examen incluyó un inventario y un análisis de las normas internacionales pertinentes y específicas del TPIY sobre la detención y los procedimientos de seguridad interna relacionados con el transporte y la detención de los detenidos en los locales del TPIY. El examen incluyó además entrevistas con 23 miembros del personal del TPIY, miembros de la UNDU y oficiales de seguridad, a fin de determinar los hechos de los hechos el 29 de noviembre de 2017. También incluyó una reseña de las imágenes de video de la Dependencia y las dependencias del TPIY, incluidas las salas de audiencia, y de la documentación relativa al Sr. Praljak y los acontecimientos relevantes.
"La revisión incluyó además una visita a la UNDU y sitios en las instalaciones del TPIY, incluida la Sala 1 (donde ocurrió el suicidio) y las celdas de detención. Además, el juez Jallow recibió información sobre el progreso de la investigación criminal holandesa y se reunió con representantes de la Embajada de Croacia en La Haya.
"La revisión -ya remitido a los departamentos pertinentes de las Naciones Unidas- también hace referencia a información confidencial que incluye asuntos médicos, seguridad interna y operaciones de detención que pueden ser compartidas por otros tribunales, y material provisto de manera confidencial o actualmente sujeto a la investigación holandesa en curso."
AA
Enero de 2018
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